Art. Preambulo

En vigor desde 30 abr 1989
El Real Decreto 407/1988, de 22 de abril, crea la Orden Civil de la Solidaridad Social, en adecuación de la antigua Orden de Beneficencia, que desaparece. La disposición final primera del referido Real Decreto autoriza al Ministro de Trabajo y Seguridad Social para dictar el Reglamento de la citada Orden Civil, así como cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación del mismo. Dicha autorización debe considerarse transferida a la Ministra de Asuntos Sociales en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional segunda del Real Decreto 791/1988, de 20 de julio, por el que se determina la estructura inicial del Departamento. En su virtud, a propuesta de la Subsecretaría del Departamento dispongo:
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eli/es/o/1989/04/17/(2)#preambulo-preambulo

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