Art. Preambulo

En vigor desde 2 nov 1980
Excelentísimos señores: Las modificaciones efectuadas en la organización política de la sociedad española, a partir de la promulgación de la Constitución, así como la creación de las Comisiones Central y de Zona de Cultivadores y Fabricantes Azucareros, mediante la Orden del Ministerio de Agricultura de 22 de diciembre de 1978 y Resolución de la Dirección General de Industrias Agrarias que la desarrolla, de 3 de enero de 1979, hacen indispensable, junto con la experiencia obtenida, promulgar un nuevo Reglamento que se acomode a las actuales circunstancias, En su virtud, a propuesta de los Ministerios de Industria y Energía y de Agricultura, esta Presidencia del Gobierno dispone:
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/1980/10/10/(1)#preambulo-pr

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil