Art. Artículo tercero
En vigor desde 2 nov 1980
Queda derogada la Orden ministerial de 19 de julio de 1976, de esta Presidencia del Gobierno, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo preceptuado en la presente Orden ministerial.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/1980/10/10/(1)#articulo-tercero