Art. Preambulo

En vigor desde 8 ago 1984
Ilustrísimos señores: La estructura orgánica de los Servicios Centrales del Instituto Social de la Marina fue establecida por el Real Decreto 2358/1982, de 27 de agosto. Modificado dicho Real Decreto 996/1984, de 9 de mayo, que crea la Subdirección General de Administración y Análisis Presupuestario del Instituto Social de la Marina, procede acomodar la estructura de los Servicios Centrales del Organismo a la nueva situación producida por la aparición de la mencionada Subdirección General. Por otra parte, y lo que es más importante, la reforma de la estructura orgánica de los Servicios Centrales de Instituto Social de la Marina viene recomendada por la necesidad de aplicar criterios de eficacia y economía. La nueva estructura orgánica que por esta Orden se establece se caracteriza por una limitación del aparato burocrático actualmente existente, por una racionalización funcional de los servicios que se declaran subsistentes y por la creación, teniendo en cuenta la satisfactoria experiencia que suministran otras instituciones publicas, de órganos unipersonales de asesoramiento, de unos Servicios Centrales y que permiten, además, el aprovechamiento en común de las unidades administrativas de apoyo, evitando la innecesaria multiplicación de estas últimas. Se refuerza, por último, también la estructura orgánica de determinas competencias hasta ahora escasamente desarrolladas (relaciones con otras instituciones, medicina marítima, etcétera). En su virtud, previa aprobación de la Presidencia del Gobierno, este Ministerio ha tenido a bien disponer:
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eli/es/o/1984/07/10/(3)#preambulo-pr

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