Libro REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO INTERNO DEL CONSEJO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD POLITECNICA DE MADRIDTítulo TÍTULO II

Art. 8

En vigor desde 19 dic 1987
Los Consejeros perderán la condición de miembros del Consejo Social por las causas siguientes: a) Por cumplimiento del plazo para el que fueron elegidos. b) Por renuncia o fallecimiento. c) Por incompatibilidad, de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente. d) Por incumplimiento reiterado de los deberes inherentes a su cargo, previa propuesta razonada de sustitución a quien lo hubiese designado, conforme al artículo 9.° de este Reglamento. e) Por renovación de la representación que ostenten. f) Por incapacidad declarada por decisión judicial firme que conlleve la inhabilitación o suspensión para cargos públicos.
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eli/es/o/1987/12/10/(3)#art-8

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