Art. [preambulo]

En vigor desde 19 jul 2020
El Libro Blanco de la e-Ciencia en España, publicado en 2004 por la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, define la e-Ciencia como el conjunto de actividades científicas desarrolladas mediante el uso de recursos distribuidos accesibles a través de Internet. Desde entonces el empleo de estos recursos (principalmente cálculo, almacenamiento de datos e intercambio de información) no sólo se ha intensificado de forma masiva, gracias a un desarrollo tecnológico sobresaliente que posibilita la adquisición, manejo, almacenamiento y comunicación de grandes volúmenes de datos, sino que se ha generalizado a todos los campos de la investigación. Esta transversalidad de los usos y tecnologías de la e-Ciencia ha impulsado el desarrollo de múltiples iniciativas a nivel nacional e internacional, tanto de uso compartido de infraestructuras, como de transferencia de conocimiento, experiencia y buenas prácticas entre los distintos campos de conocimiento. Desde el punto de vista de las infraestructuras, el Acuerdo del Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación, del 6 de noviembre de 2018, sobre la Actualización del Mapa de Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (Mapa de ICTS) impulsa el desarrollo de la e-Ciencia en España a través de dos iniciativas. En primer lugar, mediante el mandato a la Red Española de Supercomputación para desarrollar un plan de evolución de la misma hacia una Red de Supercomputación y Datos, para lo que contará con los agentes relevantes del sistema español de I+D+i. En segundo lugar, mediante la incorporación al Mapa de ICTS de una nueva Red de Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares en el ámbito de la e-Ciencia, que coordinará las actividades de las infraestructuras que operan en este campo de actividad: la red académica de comunicaciones RedIRIS y la Red Española de Supercomputación. Por otro lado, la generalización e importancia del uso de la e-Ciencia en todos los campos del conocimiento ha dado lugar a la existencia de múltiples agentes relevantes en el sistema español de I+D+i que se beneficiarían de la existencia de un foro estratégico que facilitara la colaboración entre organismos e instituciones y el impulso de iniciativas coordinadas a nivel nacional, que permitieran a España jugar un papel destacado en el contexto internacional. A estos efectos –de acuerdo con la competencia atribuida en el artículo 61.a de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público– se considera oportuno constituir en el ámbito del Ministerio de Ciencia e Innovación la Red de e-Ciencia (REC), de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que tenga como fin asesorar a la Secretaría General de Investigación sobre el impulso y coordinación del desarrollo de la e-Ciencia en España, y que estará formada por representantes de la Administración General del Estado implicados en su coordinación y desarrollo, por expertos de la comunidad científica, y por representantes de las infraestructuras de e-Ciencia. En su virtud, con la aprobación previa de la Ministra de Política Territorial y Función Pública, dispongo:
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2020/07/13/cin658#preambulo-pr

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil