Art. Disposición final única

En vigor desde 11 nov 2021
Las cuantías establecidas, que ya se venían aplicando desde el 2 de febrero de 2020 en relación con los visados tipo A y C en aplicación de la normativa de la Unión Europea, serán de aplicación a todas las solicitudes de visado un mes después de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial de Estado».
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eli/es/o/2021/10/06/auc1139#disposicion-final-unica

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