Art. Disposición final primera

En vigor desde 22 ene 2021
Esta orden se dicta al amparo del artículo 149.1.19.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de pesca marítima en aguas exteriores.
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eli/es/o/2021/01/19/apa25#disposicion-final-primera

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