Art. 1
En vigor desde 1 jun 2005
La presente Orden tiene por objeto regular un plan de pesca para la langosta (Palinurus elephas), con nasas, en las aguas exteriores del Caladero Nacional del Cantábrico y Noroeste, comprendidas dentro de la franja de 12 millas, medidas desde las líneas de base rectas, situadas entre los paralelos 002.º 25' W (Faro de Ondárroa) y 003.º 15' W (Punta Cerdigo).
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2005/05/31/apa1589#art-1