Capítulo CAPÍTULO I
Art. Disposición final segunda
En vigor desde 9 nov 2010
A menos que se especifique lo contrario, las referencias a plazos en esta orden ministerial se entenderán según lo prescrito en el capítulo II del título IV de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
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