Art. 2

En vigor desde 20 jun 2015
1. Se crea el Registro Especial de Empresas de Buques de Pesca Españoles que faenan exclusivamente en aguas extracomunitarias, que quedará adscrito a la Secretaría General de Pesca del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. 2. El RESAE se constituirá en una base de datos informatizada integrada en el Censo de la Flota Pesquera Operativa (CFPO), incluido en el Sistema de Información de Pesca.
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eli/es/o/2015/06/08/aaa1179#art-2

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