Art. Disposición transitoria única
En vigor desde 12 ago 2015
Los procedimientos judiciales iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley se regirán por la normativa vigente en el momento de su inicio.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/lo/2015/07/22/8#disposicion-transitoria-unica