Art. Disposición final séptima
En vigor desde 12 ago 2015
La presente ley orgánica entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/lo/2015/07/22/8#disposicion-final-septima