Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. Artículo treinta y seis

En vigor desde 20 ene 1999
Corresponde a la Comunidad Autónoma la creación y estructuración de su propia Administración pública, dentro de los principios generales y normas básicas del Estado. Se modifica por el art. único.42 de la Ley Orgánica 11/1998, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-1998-30152 Su anterior numeración era art. 35.

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eli/es/lo/1981/12/30/8#articulo-treinta-y-seis

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