Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Artículo treinta y seis
37 / 75En vigor desde 20 ene 1999
Corresponde a la Comunidad Autónoma la creación y estructuración de su propia Administración pública, dentro de los principios generales y normas básicas del Estado.
Se modifica por el art. único.42 de la Ley Orgánica 11/1998, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-1998-30152 Su anterior numeración era art. 35.
Tus anotaciones
Proeli/es/lo/1981/12/30/8#articulo-treinta-y-seis