Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 9
En vigor desde 8 nov 2024
La información sobre antecedentes penales comprende la que consta en el Registro Central de Penados, de acuerdo con sus normas reguladoras, con exclusión de las notas canceladas.
Se suprimen los párrafos segundo y tercero por el art. único.8 de la Ley Orgánica 4/2024, de 18 de octubre. Ref. BOE-A-2024-21414
Tus anotaciones
Proeli/es/lo/2014/11/12/7#art-9