Título TÍTULO VII

Art. Disposición transitoria segunda

En vigor desde 9 ago 2006
Las disposiciones transitorias tercera, cuarta y sexta de la Ley Orgánica 4/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía de Cataluña, mantienen, en lo que corresponda, la vigencia como regulación transitoria.
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eli/es/lo/2006/07/19/6#disposicion-transitoria-segunda

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