Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. 143

En vigor desde 9 ago 2006
1. Corresponde a la Generalitat de Cataluña la competencia exclusiva en materia de lengua propia, que incluye, en todo caso, la determinación del alcance, los usos y los efectos jurídicos de su oficialidad, así como la normalización lingüística del catalán. 2. Corresponde a la Generalitat y también al Conselh Generau de Arán la competencia sobre la normalización lingüística del occitano, denominado aranés en Arán.
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eli/es/lo/2006/07/19/6#art-143

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