Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 10

En vigor desde 9 ago 2006
La capital de Cataluña es la ciudad de Barcelona, que es la sede permanente del Parlamento, de la Presidencia de la Generalitat y del Gobierno, sin perjuicio de que el Parlamento y el Gobierno puedan reunirse en otros lugares de Cataluña, de acuerdo con lo que establecen, respectivamente, el Reglamento del Parlamento y la ley.
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eli/es/lo/2006/07/19/6#art-10

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