Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 8

En vigor desde 16 jul 2010
1. Cataluña, definida como nacionalidad en el artículo primero, tiene como símbolos nacionales la bandera, la fiesta y el himno. 2. La bandera de Cataluña es la tradicional de cuatro barras rojas en fondo amarillo y debe estar presente en los edificios públicos y en los actos oficiales que tengan lugar en Cataluña. 3. La fiesta de Cataluña es el Día Once de Septiembre. 4. El himno de Cataluña es «Els segadors». 5. El Parlamento debe regular las distintas expresiones del marco simbólico de Cataluña y debe fijar su orden protocolario. 6. La protección jurídica de los símbolos de Cataluña es la que corresponde a los demás símbolos del Estado. Se declara que el apartado 1 no es inconstitucional, siempre que se interprete en los términos establecidos en el fundamento jurídico 12, por Sentencia del TC 31/2010, de 28 de junio. Ref. BOE-A-2010-11409

Tus anotaciones

Pro

eli/es/lo/2006/07/19/6#art-8

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil