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Art. Artículo doscientos cincuenta

En vigor desde 3 jul 1985
Corresponderá a los Presidentes de Sala y a los de Sección el señalamiento de las vistas o trámite equivalente y el del comienzo de las sesiones del juicio oral.
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eli/es/lo/1985/07/01/6#articulo-doscientos-cincuenta

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