Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final sexta

En vigor desde 4 dic 2024
Tienen carácter de ley ordinaria los apartados 2, 4 y 5 del artículo 4, el artículo 5, el apartado 2 del artículo 6, los artículos 8, 9, 10 y 11, el Capítulo III, excepto los artículos 16 y 17, el Capítulo IV, las disposiciones adicionales, la disposición transitoria y las disposiciones finales tercera, cuarta y quinta.
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eli/es/lo/2024/11/11/5#disposicion-final-sexta

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