Título TÍTULO PRIMEROCapítulo CAPÍTULO VISecc. Sección IV. Disposiciones generales sobre la campaña electoral

Art. Artículo cincuenta y uno

En vigor desde 31 mar 1994
1. La campaña electoral comienza el día trigésimo octavo posterior a la convocatoria. 2. Dura quince días. 3. Termina, en todo caso, a las cero horas del día inmediatamente anterior a la votación. Se modifica el apartado 2 por el art. 1.4 de la Ley Orgánica 13/1994, de 30 de marzo. Ref. BOE-A-1994-7420 .

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eli/es/lo/1985/06/19/5#articulo-cincuenta-y-uno

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