Título TÍTULO I
Art. Artículo segundo
En vigor desde 11 abr 2006
El territorio de la Comunitat Valenciana comprende el de los municipios integrados en las provincias de Alicante, Castellón y Valencia.
Se modifica por el art. 3 de la Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril. Ref. BOE-A-2006-6472 .
Tus anotaciones
Proeli/es/lo/1982/07/01/5#articulo-segundo