Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Responsables, infracciones, sanciones y régimen de determinación de la responsabilidad
Art. 34
DerogadoEn vigor desde 11 jul 2013
La responsabilidad disciplinaria se extinguirá:
a) Por el cumplimiento de la sanción.
b) Por prescripción.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/lo/2013/06/20/3#art-34