Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. 114

En vigor desde 20 mar 2007
En el procedimiento de elaboración de las leyes y disposiciones reglamentarias de la Comunidad Autónoma se tendrá en cuenta el impacto por razón de género del contenido de las mismas.
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eli/es/lo/2007/03/19/2#art-114

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