Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final trigésima segunda

En vigor desde 3 abr 2025
El Gobierno, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley, procederá a adaptar el Real Decreto 1281/2002, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto General de los Procuradores de los Tribunales de España a las previsiones recogidas en la presente norma.
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eli/es/lo/2025/01/02/1#disposicion-final-trigesima-segunda

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