Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO VII

Art. 140

En vigor desde 6 nov 2018
1. Corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación estatal de la Seguridad Social, a excepción de su régimen económico. 2. La Comunidad Autónoma de Canarias tiene competencias ejecutivas sobre la gestión del régimen económico de la Seguridad Social, con pleno respeto a los principios de unidad económico-patrimonial y solidaridad financiera de la Seguridad Social.
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eli/es/lo/2018/11/05/1#art-140

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