Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición final segunda
En vigor desde 28 ene 2005
La presente Ley se dicta al amparo de lo previsto en el artículo 149.1, 1.ª, 5.ª, 6.ª, 7.ª, 8.ª, 17.ª, 18.ª y 30.ª de la Constitución Española.
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Proeli/es/lo/2004/12/28/1#disposicion-final-segunda