Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 62
En vigor desde 2 ago 2026
1. En el ámbito de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, la Presidenta o el Presidente del Gobierno de Navarra designará a un departamento u órgano como responsable de la gobernanza de los activos de información, y el Gobierno de Navarra aprobará el correspondiente modelo organizativo, que incluirá la identificación y definición de las funciones y las responsabilidades dentro de la estructura organizativa de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
2. El decreto foral por el que se apruebe el modelo organizativo determinará de forma detallada el alcance y recursos con los que cuente la Administración de la Comunidad Foral de Navarra para la gobernanza de los activos de información. Asimismo, establecerá las funciones y competencias específicas del departamento u órgano designado como responsable, garantizando, en todo caso, una adecuada coordinación horizontal con los profesionales de la gestión documental y de la archivística, así como su autonomía en relación con las unidades administrativas que asuman las funciones de protección de datos y de seguridad de la información.
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Proeli/es-nc/lf/2026/05/20/9#art-62