Capítulo CAPÍTULO I

Art. 3

En vigor desde 27 may 2014
El mecenazgo cultural podrá realizarse, de conformidad con lo dispuesto en la presente ley foral, mediante las siguientes modalidades: a) Donaciones. b) Préstamos de uso o comodato. c) Convenios de colaboración.
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eli/es-nc/lf/2014/05/16/8#art-3

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