Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 78

En vigor desde 1 abr 2001
La tasa se exigirá según la siguiente tarifa: Copias de planos de viviendas y de documentos de ordenación territorial y urbanística. Papel opaco: Pesetas Euros Metro lineal. 790 4,75 DIN A 0. 832 5 DIN A 1. 416 2,50 DIN A 2. 208 1,25 DIN A 3. 67 0,40
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eli/es-nc/lf/2001/03/27/7#art-78

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