Art. Disposición adicional única

En vigor desde 27 mar 1999
Sin perjuicio de las facultades atribuidas al Gobierno de Navarra, corresponde al Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación, directamente o a través de la empresa de capital público «Riegos de Navarra, Sociedad Anónima», el impulso, desarrollo y ejecución del Plan de Regadíos de Navarra en el ámbito de las competencias de la Comunidad Foral.
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eli/es-nc/lf/1999/03/16/7#disposicion-adicional-unica

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