Título TÍTULO IV
Art. Disposición transitoria tercera
En vigor desde 15 jun 2009
Las revisiones y modificaciones de planeamiento, así como los instrumentos de desarrollo que a la entrada en vigor de la presente Ley Foral se encontraran en tramitación de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, podrán continuar su tramitación de acuerdo con lo dispuesto con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley Foral.
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Proeli/es-nc/lf/2009/06/05/6#disposicion-transitoria-tercera