Libro LIBRO PRIMEROTítulo TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección segunda. Solicitudes de participación y ofertas

Art. 56

En vigor desde 6 jul 2006
Los licitadores únicamente podrán presentar variantes o alternativas cuando el pliego de cláusulas administrativas particulares lo haya previsto expresamente, haya regulado las condiciones para su admisión y especificado los elementos susceptibles de variación o alternativa.
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eli/es-nc/lf/2006/06/09/6#art-56

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