Título TÍTULO PRELIMINARCapítulo CAPÍTULO III

Art. 26

En vigor desde 6 jul 2006
1. Todos los plazos establecidos en esta Ley Foral se entenderán referidos a días naturales salvo que expresamente se diga lo contrario. 2. Si el último día del plazo fuera inhábil en el lugar donde tiene su sede la entidad contratante se entenderá prorrogado el plazo al primer día hábil siguiente. 3. Las solicitudes y proposiciones se presentarán conforme a los medios que señale la entidad contratante y se depositarán en el lugar o registro que se indique en el anuncio de contratación o en la invitación a negociar.
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eli/es-nc/lf/2006/06/09/6#art-26

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