Título TÍTULO VII

Art. Disposición final primera

En vigor desde 8 abr 2026
Se faculta a la persona titular del departamento competente en materia de coordinación del voluntariado para dictar cuantas disposiciones de carácter reglamentario sean precisas para el desarrollo y ejecución de la presente ley foral.
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eli/es-nc/lf/2026/03/23/5#disposicion-final-primera

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