Art. 1

En vigor desde 31 dic 2022
El Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales es un tributo de naturaleza indirecta que grava, en la forma y condiciones previstas en esta ley foral, las prestaciones de determinados servicios digitales en que exista intervención de usuarios situados en el territorio de aplicación del impuesto.
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eli/es-nc/lf/2022/12/28/38#art-1

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