Título TÍTULO II
Art. 12
En vigor desde 13 jul 2018
Las Administraciones Públicas de Navarra procederán, en el plazo de un año a partir de la publicación de esta Ley Foral, a revisar e invalidar todas las distinciones, nombramientos, títulos honoríficos y demás formas de exaltación de personas vinculadas con el régimen franquista, procediéndose en dicho plazo a realizar las diligencias oportunas que lo certifiquen. Dichas certificaciones serán hechas públicas por las distintas Administraciones y serán remitidas al Gobierno de España.
Téngase en cuenta, en caso de incumplimiento, la disposición adicional de la Ley Foral 16/2018, de 27 de junio. Ref. BOE-A-2018-10583
Tus anotaciones
Proeli/es-nc/lf/2013/11/26/33#art-12