Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO III

Art. 63

En vigor desde 16 dic 2022
La Administración de la Comunidad Foral de Navarra promoverá acciones de sensibilización y formación tendentes a mejorar las condiciones de accesibilidad e inclusividad de los establecimientos y servicios comerciales. La Administración, así mismo, fomentará e impulsará, a través de sus líneas de subvenciones, las inversiones en materia de accesibilidad e inclusividad comercial y las actuaciones de promoción y comunicación por parte de empresas y entidades del sector comercial.
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eli/es-nc/lf/2022/11/28/31#art-63

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