Art. Preambulo
En vigor desde 12 abr 2003
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral por la que se regula la composición del Consejo Navarro Asesor de Comercio Minorista.
La Ley Foral 17/2001, de 12 de julio, reguladora del comercio en Navarra, establece, en su artículo 63, la constitución del Consejo Navarro Asesor de Comercio Minorista como un órgano consultivo de la Comunidad Foral de Navarra competente en dicha materia. Asimismo se establece un desarrollo reglamentario posterior en lo relativo a la composición, organización y funcionamiento del citado Consejo Asesor. El apartado 3 del referido artículo señala que en la composición del Consejo Asesor estarán debidamente representados los agentes económicos y sociales más representativos del sector y, entre ellos, la Cámara de Comercio e Industria, la Federación Navarra de Municipios y Concejos, la Federación de Comerciantes de Navarra, la Confederación de Empresarios de Navarra, las Asociaciones de Usuarios y Consumidores y las organizaciones sindicales con presencia en el sector.
Mediante Acuerdo de 15 de abril de 2002 del Gobierno de Navarra, se tomó en consideración el proyecto de Decreto Foral por el que se regula la composición, organización y funcionamiento del Consejo Navarro Asesor de Comercio Minorista, a efectos de la emisión del preceptivo informe del Consejo de Navarra. Dicho informe fue emitido con fecha 10 de junio de 2002 con carácter favorable.
El Decreto Foral 174/2002, de 22 de julio, regula la composición organización y funcionamiento del Consejo Navarro Asesor de Comercio Minorista con una composición que se estima no es proporcional ni representativa de los agentes económicos y sociales del sector comercial de Navarra.
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Tus anotaciones
Proeli/es-nc/lf/2003/04/04/27#preambulo-preambulo