Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 3

En vigor desde 26 nov 2002
La consulta popular local se decidirá por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto de los electores que componen el cuerpo electoral al que se refiere el artículo 14 de esta Ley Foral.
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eli/es-nc/lf/2002/10/28/27#art-3

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