Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 3.ª Selección del personal
Art. 36
En vigor desde 21 nov 2018
La titulación académica que se exigirá para el acceso a los respectivos empleos en las Policías de Navarra será la correspondiente a los niveles establecidos en el artículo 31 de la presente ley foral.
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Proeli/es-nc/lf/2018/11/19/23#art-36