Art. Disposición transitoria segunda

En vigor desde 29 jul 2022
Se excluirán de oficio, previa publicación en el Tablón de Anuncios Electrónico, las solicitudes presentadas en el Censo de solicitantes de vivienda protegida que transcurridos seis meses desde la entrada en vigor de la presente ley foral tengan tres o más solicitantes.
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