Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 1.ª Disposiciones generales

Art. 53

En vigor desde 3 nov 2021
1. Las proposiciones, que comprenden tanto la oferta técnica, si la hubiera, como la oferta económica, deberán ajustarse a los pliegos que rigen la licitación, y su presentación supone su aceptación incondicionada sin salvedad o reserva alguna. 2. Las proposiciones serán secretas hasta el momento de su apertura, sin perjuicio de la información que debe facilitarse a los participantes en una subasta electrónica, en una negociación o en un diálogo competitivo. 3. Cada persona no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de lo dispuesto sobre admisibilidad de variantes y sobre presentación de nuevos precios o valores en el seno de una subasta electrónica. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en participación conjunta si ha presentado una proposición individual. La infracción de estas normas dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas para un mismo lote o contrato. 4. La presentación simultánea de ofertas por parte de empresas vinculadas supondrá, igualmente, la inadmisión de dichas ofertas. Se modifican los apartados 1 y 2 por el art. único.27 y 28 de la Ley Foral 17/2021, de 21 de octubre. Ref. BOE-A-2021-18406

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eli/es-nc/lf/2018/04/13/2#art-53

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