Capítulo CAPÍTULO II

Art. 19

En vigor desde 13 jul 2018
1. Se crea el Registro especial de licencias de tecnología otorgadas por los agentes del Sistema Navarro de l+D+i, SINAI, a terceros, sean empresas u otros agentes de l+D+i, como medida para favorecer la transparencia en la transferencia de resultados y medidor objetivo de éxito de las actividades investigadoras o de desarrollo. 2. Todos los agentes del Sistema Navarro de l+D+i, SINAI, estarán obligados a comunicar los acuerdos de licencia que alcancen. 3. Este registro incluirá la información necesaria sobre cada acuerdo de licencia, siempre en la medida en que no comprometa información confidencial sobre las partes o sobre el contenido del propio acuerdo, y de conformidad con lo que se establezca por el Gobierno de Navarra en desarrollo de esta normativa.
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eli/es-nc/lf/2018/06/27/15#art-19

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