Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

En vigor desde 19 dic 2009
Las finalidades perseguidas por esta Ley Foral son las siguientes: a) Eliminar cargas administrativas que no sean necesarias por no aportar un valor añadido a los objetivos que persiguen. b) Establecer nuevos mecanismos de relación con la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos públicos, con un impulso especialmente decidido de la administración electrónica. c) Fomentar la implicación de los colegios profesionales y las distintas entidades públicas en la agilización y puesta en marcha de actividades de carácter económico. d) Incorporar a la cultura administrativa la importancia de la simplificación y modernización procedimental, y valorar con especial interés estos aspectos en la elaboración de disposiciones de carácter general.
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eli/es-nc/lf/2009/12/09/15#art-2

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