Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO I

Art. 32

En vigor desde 31 dic 2022
Constituye el hecho imponible del impuesto: 1. La entrega de residuos para su eliminación en vertederos autorizados, de titularidad pública o privada, situados en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra. 2. La entrega de residuos para su eliminación o valorización energética en las instalaciones de incineración de residuos autorizadas, tanto de titularidad pública como privada, situadas en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra. 3. La entrega de residuos para su eliminación o valorización energética en las instalaciones de coincineración de residuos autorizadas, tanto de titularidad pública como privada, situadas en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra. Se modifica por el .1 de la Ley Foral 36/2022, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-3349 Se añade la letra c) al apartado 2 por la disposición final 2.3 de la Ley Foral 4/2022, de 22 de marzo. Ref. BOE-A-2022-6402#df-2

Tus anotaciones

Pro

eli/es-nc/lf/2018/06/18/14#art-32

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil