Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 69

En vigor desde 16 abr 2015
La Administración de la Comunidad Foral de Navarra garantizará que las mujeres con discapacidades sensoriales y las mujeres extranjeras que desconocen el idioma cuenten con la asistencia de intérprete en un plazo de tiempo razonable, que garantice el derecho de las mujeres a la información y a la comunicación en todas las fases del procedimiento judicial.
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eli/es-nc/lf/2015/04/10/14#art-69

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