Título TÍTULO V
Art. Disposición adicional quinta
En vigor desde 25 nov 2006
Aquellas Ponencias de Valoración cuya revisión no hubiere sido iniciada en el momento de la entrada en vigor de la presente Ley Foral y que debieran aprobarse en el año 2006 en virtud de lo dispuesto en la normativa vigente con anterioridad, podrán aprobarse hasta el 31 de diciembre de 2007.
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Proeli/es-nc/lf/2006/11/21/12#disposicion-adicional-quinta